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El trabajo misionero en pueblos originarios es prohibido por una ordenanza del Gobierno de Lula

El Ministerio de Salud de Brasil, prohibió el acceso de religiosos y el uso de imágenes con referencias a la religión por parte de personas que ingresen a las aldeas de pueblos originarios. Esta ordenanza, se realizó en conjunto con la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas (Funai). 

"Queda terminalmente prohibido el ejercicio de cualquier actividad religiosa entre los pueblos indígenas, así como el uso de ropa con imágenes o expresiones religiosas", dice el punto IV del guardián en un dispositivo sobre proselitismo religioso. El documento, que estará en vigencia mientras se decrete el "estado de emergencia" el 20 de enero por la situación de los yanomamis, tiene como objetivo establecer estándares de conducta en tierras indígenas, y aislarlos por el asesinato de indios a manos de mineros ilegales.

Por implicación directa, esta ordenanza (GM/MS No. 28, del 20 de enero de 2023), prohíbe terminantemente el trabajo misionero en la región Yanomami. 

“Proselitismo religioso” es un término que se usa para hablar de evangelismo, cuando hay obras misioneras para que un grupo se convierta a una determinada idea o religión.

André Uliano, profesor de derecho constitucional, afirma que la ordenanza viola tanto la libertad religiosa como la autonomía cultural indígena, y podría ser tipificado como delito en la ley contra el racismo, que sanciona a quienes practiquen la discriminación por religión. 

Según dijo, el Estado no puede impedir el proselitismo religioso, que es parte de la libertad de expresión religiosa, en un entendimiento ya respaldado por el Tribunal Supremo Federal (STF). "Los pueblos indígenas, no el gobierno, deciden si el proselitismo religioso se producirá en la región", dice.

También explica que los actos administrativos tienen como primer requerimiento la idoneidad, es decir, "el acto tiene que ser apto, adecuado, para el fin que buscas favorecer". "En el caso, el fin es poner fin a la crisis alimentaria y de salud. ¿Qué tiene que ver el proselismo con esto? ¿Alguien dejará de pasar hambre, miseria y sufrir enfermedades porque dejan de oír hablar de Jesús? La medida es inapropiada e inadecuada y por lo tanto inconstitucional", explica.

Los yanomamis que se han convertido a ciertas religiones, no podrían recibir el servicio de ministros de su fe que es inconstitucional. Para Uliano, que el Estado no le impida recibir servicio religioso es un derecho absoluto. 


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